Vuelo cancelado: lo que te deben (y es más de lo que crees)
Cuando una aerolínea cancela tu vuelo tienes dos bloques de derechos independientes. Las aerolíneas suelen ofrecerte solo el primero esperando que no conozcas el segundo.
Bloque 1: reembolso o transporte alternativo (siempre)
Eliges tú, no la aerolínea:
- Reembolso íntegro del billete en 7 días (en dinero: no estás obligado a aceptar un bono), o
- Transporte alternativo a tu destino lo antes posible, o en la fecha que te convenga.
Mientras esperas el alternativo: comida, bebida y hotel si hace falta pasar la noche, pagados por la compañía.
Bloque 2: indemnización de 250 a 600 € (si avisaron tarde)
Además de lo anterior, te corresponde indemnización si te comunicaron la cancelación con menos de 14 días de antelación:
| Aviso | ¿Hay indemnización? |
|---|---|
| Más de 14 días antes | No |
| Entre 7 y 14 días | Sí, salvo que el vuelo alternativo salga máx. 2 h antes y llegue con menos de 4 h de retraso |
| Menos de 7 días | Sí, salvo alternativo que salga máx. 1 h antes y llegue con menos de 2 h de retraso |
Los importes son los estándar: 250 € (hasta 1.500 km), 400 € (1.500–3.500 km o intra-UE) y 600 € (más de 3.500 km). Calcula el tuyo aquí.
¿Y si la cancelación fue por huelga?
Depende de quién hace huelga. Si es el personal de la propia aerolínea (pilotos o tripulación de cabina de Ryanair, Vueling, etc.), el TJUE ha dictaminado que sí hay indemnización: es un riesgo inherente a su actividad. Si es una huelga de controladores aéreos o del personal del aeropuerto, se considera circunstancia extraordinaria y no la hay.
Pasos para cobrar
- Guarda el email de cancelación, la reserva y cualquier gasto extra (hoteles, comidas, transporte).
- Decide: ¿reembolso o vuelo alternativo? Comunícalo por escrito.
- Reclama la indemnización aparte: carta modelo gratis.
- Si en 30 días no responden o dicen que no: reclamación gratuita ante AESA o empresa de reclamación a éxito. Comparamos las vías aquí.